Anejo de Bustarviejo hasta 1734 cuando toma el título de villa. En el catastro del marqués de la Ensenada, aparece como perteneciente al sexmo de Lozoya.
Es un lugar de realengo pagando a S.M. las reales contribuciones y a la señora marquesa del Infantado las alcabalas por valor de 200 reales.
Limita con el término de la villa de Cabanillas a oriente, al sur con la de Guadalix, a poniente y norte con Bustarviejo.
Contaba en 1751 con cuarenta y cinco vecinos incluidas cinco viudas, repartidos en sesenta casas, incluidas las del concejo. Para las obras de arreglo de calles, fuentes, maestro, fiestas etc. el concejo posee los llamados bienes de propios que son tierras de sembradura, 30 obradas de 1ª calidad, 60 de 2ª y 470 de 3ª, tres cuartas de eras, una cuarta de pozas para cocer el lino, un molino, la casa Ayuntamiento donde están los trojes donde se guarda el grano de los diezmos por lo que se cobra 40 reales.
Tiene 40 obradas de pasto de primera y segunda calidad, 35 obradas de monte hueco de encina, 25 de robles dispersos y 316 de tierra inculta.
Su término se compone de 1639 obradas, es un término pequeño, repartidas en terreno de secano y regadío, con distintas calidades y de diferentes especies. En el regadío se disponen los huertos, linares y prados y en el secano cereales y prados, eras, monte de encina y tierra inculta. Las variedades recolectadas son: hortalizas, trigo, centeno, lino, hierba y madera. Como los demás está obligada a pagar la primicia que lo hace por igual al cura párroco y al colegio mayor de Alcalá de Henares, este recibe una parte de los diezmos, al igual que el monasterio del Paular que percibe por privilegio real las Tercias Reales. Como los demás pueblos del sexmo, la cuartilla, 6 fanegas de trigo, los recibe el monasterio de monjas de San Vicente el R. de Segovia.
Aprovechando la fuerza del agua de su río y arroyuelos, también Navalafuente tiene su molino propiedad del concejo, que rinde 400 reales.
La villa tiene la carga de tres censos redimibles: 1) de 15. 000 reales de principal y 400 de réditos a favor del patronato de la villa de Torrelaguna que fundó doña Tomé Bernardo de Quirós, que se impuso para pagar a S.M. el derecho de villazgo y salarios de la Audiencia que vino a darles la posesión. 2) Otro de 10.000 reales de principal y 300 de réditos a favor del Hospital de Nuestra Señora de la Misericordia de Alcalá, que se impuso para pagar a S.M. la media anata de dicho villazgo. 3) Otro de 2.200 de principal y 66 de réditos, en favor del cabildo de eclesiásticos de Torrelaguna, que se impuso para los gastos del pleito que tiene pendiente con la villa de Bustarviejo sobre términos.
ACTIVIDADES DE SUS VECINOS.
Hay un cirujano al que regulan 900 reales, a un sacristán 400, a dos terceros por repartir los diezmos 12 reales a cada uno, a un tabernero 50, a un abacero 20, a quince carreteros que se dedican a transportar carbón, madera y otras cosas, les regulan de utilidad a cada uno 50 reales.
Hay un herrero al que se le estima dos reales y medio al día, a veinticinco labradores incluidas dos viudas y trece jornaleros se les estima a tres reales diarios.
No hay eclesiástico alguno, pues el cura párroco reside en Cabanillas de la Sierra.